Workshop 6

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Poner en el mapa las otras concepciones de la nomocracia

Chairs
Selin Esen selin.esen71@gmail.com
Luc Heuschling luc.heuschling@uni.lu
Daniel Bonilla Maldonado dbonilla@uniandes.edu.co

Cada sistema legal está informado por una comprensión específica de  “cómo debe reinar el derecho”. Tiene su propio ideal de “nomocracia”, más o menos multifacético (delgado/grueso), históricamente estable (o inestable) y geográficamente específico (o superpuesto), independientemente de su(s) denominación(es) icónica(s): “Estado de Derecho”, “Principio de Legalidad”, “Rechtsstaat”, “État de droit”, “Estado de derecho”, “Principio Socialista de Legalidad”, “法治(fazhi)”, “Hôchikokka”, “Hukuk Devleti”, “Stato di diritto”, «правовадържава», “Oikeusvaltio”, “Estado/Staat/État/Estado (definido como Persona Jurídica)”, “República”, “jerarquía de normas”, etc. El término “nomocracia” se utiliza aquí como una expresión genérica con el propósito de comparación académica. 

Aunque existe un vasto cuerpo de literatura académica sobre este tema desde diversas perspectivas, aún falta una evaluación comparativa integral de esta variedad. Los enfoques comparativos más antiguos o, a veces, incluso recientes en la literatura del derecho comparado occidental a menudo se centran—sin sorpresa—en los “sospechosos habituales”: los principales actores como EE. UU., Gran Bretaña, Francia y, cada vez más desde finales del siglo XX, (Occidental) Alemania. Desde su adhesión a la OMC, China también ha atraído una atención significativa en los debates sobre el Estado de Derecho. Lo mismo es cierto, aunque en menor medida, para los regímenes islámicos y la comprensión del Estado de Derecho dentro de la Unión Europea. Sin embargo, esta visión general sigue siendo geográficamente limitada, un hecho que ha llevado a crecientes críticas. Las discusiones “globales” o “regionales” deberían ser más inclusivas y representativas. 

En el contexto asiático, Randall Peerenboom exploró esta nueva perspectiva en su notable obra Asian Discourses of Rule of Law (2004). En la Unión Europea, algunos estudios comparativos recientes han seguido una dirección similar. Sin embargo, hay muchos puntos ciegos en el mapa. En la investigación del derecho comparado—ya sea en inglés o en cualquier otro idioma—todavía carecemos de informes autorizados y completos sobre la comprensión local de la nomocracia para muchas jurisdicciones nacionales. También nos faltan estudios comparativos verdaderamente globales, basados en un gran número de estudios nacionales. Los libros de texto y manuales actuales sobre el llamado ‘derecho constitucional global’, ‘general’ o ‘comparativo’—cuyo objetivo es cubrir todo el mundo o al menos una región significativa—no abordan el tema del ‘estado de derecho/nomocracia’ (no sorprende, dada la actual falta de conocimiento consolidado), o, si lo hacen, el resultado a menudo no alcanza lo que uno podría esperar idealmente. Rara vez hay un solo capítulo coherente sobre el asunto; en cambio, hay varios estudios paralelos o un capítulo con materiales comparativos deficientes, que a menudo se centran solo en los “sospechosos habituales”. 

Este workshop tiene como objetivo contribuir a llenar este vacío invitando a académicos de todo el mundo a presentar informes nacionales o narrativas completas sobre su comprensión local de la nomocracia. Al hacerlo, se les invita a implementar y probar la cuadrícula analítica (el “Cuestionario”) que ha sido desarrollada y discutida dentro del marco del Grupo de Investigación de la IACL “Las Otras Tradiciones del Estado de Derecho en el Mundo”, coordinado por Selin Esen y Luc Heuschling.