Constitucionalismo colombiano

Para entender el constitucionalismo colombiano actual es necesario subrayar que el Estado colombiano se rige por un paradigma constitucional desde hace más de un siglo. A pesar de sus numerosas reformas, la Constitución de 1886 definió las bases estructurales del sistema político tradicional colombiano: un fuerte poder presidencial, confesionalismo, derechos políticos limitados para participar en elecciones y un marcado modelo de Estado centralista.

Así, la Constitución de Colombia de 1991 representa un cambio significativo en la historia constitucional del país, donde se introducen los principios de justicia social, pluralismo y descentralización, se amplían los derechos fundamentales y las oportunidades de participación democrática y se crean la Corte Constitucional y la Defensoría del Pueblo.

La Constitución se convirtió en un referente para el constitucionalismo latinoamericano por su compromiso con los derechos humanos y la justicia social, y por la solidez de sus garantías judiciales. Pero ninguna de estas características se descubriría sin la confianza de los movimientos sociales en las acciones públicas de defensa de la Constitución y en la resolución de la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

En efecto, después de una larga tradición de justicia constitucional y de un control judicial concentrado de la ley, desde 1991 la Corte Constitucional colombiana ha sido la institución que realmente ha defendido el poder jurídico y transformador de la Constitución.
Para ilustrar su contribución al derecho constitucional y a la teoría y la práctica de los derechos fundamentales, presentamos a continuación una lista muy breve de las sentencias más importantes de la Corte Constitucional:

  • Sentencia T-025/2004: Principal sentencia estructural de la Corte Constitucional que declaró inconstitucional la situación de la población sometida al desplazamiento forzado por el conflicto interno, como premisa para la adopción de medidas integrales de reparación que deben desplegar los diversos poderes públicos.
  • Sentencia T-760/2008: La sentencia estructural en la que la Corte reconoció el estándar mínimo vital de salud como un derecho fundamental en Colombia.
  • Sentencia C-141/2010: Aplicando la “doctrina de la sustitución constitucional”, la Corte declaró inconstitucional el proyecto de modificación constitucional a votar en referéndum, que autorizaría al Presidente de la República a ser reelegido para un tercer mandato consecutivo.

Y reflejando una interpretación dinámica y progresista de la Constitución de 1991:

  • Sentencias C-577/2011 y SU 214/2016: La Corte Constitucional reconoció el derecho al matrimonio entre parejas del mismo sexo en Colombia. Esta decisión marcó un hito en la protección de los derechos LGBT+ en el país.
  • Sentencias C-239/1997 y C-233/2021: el Tribunal reconoció el derecho a morir dignamente declarando legítima la práctica de la eutanasia cuando (i) sea realizada por un médico, (ii) se realice con el consentimiento libre e informado del paciente, (iii) sea éste o terminalmente enfermo (en la primera sentencia) o sufra un intenso sufrimiento físico o psíquico, derivado de una lesión o enfermedad grave e incurable (en la segunda sentencia).
  • Sentencia C-355/2006: Se despenaliza el aborto en tres situaciones: i) acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado sin consentimiento. ii) cuando esté en riesgo la salud física o mental de la madre y iii) cuando exista una malformación grave del feto que haga inviable su vida. La Sentencia C-622 de 2021 amplió los derechos reproductivos de las mujeres al despenalizarse el aborto hasta la semana 24 de gestación en Colombia.

Algunos de los talleres del WCCL 2026 hablarán sobre estos fascinantes escenarios del constitucionalismo en el contexto de la realidad polarizada de la riqueza, las instituciones, los mercados y el conflicto, la violencia y la desigualdad extrema.